Qué ocurre si hay un accidente cuando un funcionario se dirige desde su lugar de trabajo a su casa habitación a almorzar?
01.09.2015 19:47
En el caso de aquellos trabajadores que van a hacer su colación a su casa habitación, los siniestros ocurridos en el trayecto directo entre su lugar de trabajo y su casa habitación constituirán un accidente del trayecto, en la medida que éste se encuentre debidamente acreditado, conforme a las exigencias que establece el artículo 7° del citado D.S. 101.